ORDENANZA DE LAS TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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El Ayuntamiento ha aprobado la ordenanza que tiene como objeto regular la concesión de las tarjetas de aparcamiento para personas con discapacidad. Podrán ser titulares de estas tarjetas las personas físicas discapacitadas que presenten movilidad reducida conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre, aquellas personas con problemas de agudeza visual que cumplan los requisitos establecidos por ley, y las personas físicas y jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad que presten servicios sociales de atención a la dependencia, así como los servicios sociales incluidos en el Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre.
La tarjeta de estacionamiento, que se solicitará en el Registro General del Ayuntamiento, se expedirá a favor y en beneficio exclusivo de su titular. Es personal e intransferible y solo podrá utilizarse cuando la persona titular conduzca un vehículo o sea transportado en él. Tendrá una validez de cuatro años.