Convocatoria pública de subvenciones para el aprendizaje de euskera: curso 2020/2021

Convocatorias

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse aquí. El modelo de instancia que hay que presentar puede descargarse aquí.

Resumen
1. Objeto.
Las becas que regula esta convocatoria tienen por objeto financiar, en parte, los gastos que origina el aprendizaje del euskera.
2. Plazo de presentación de solicitudes y documentación necesaria.
Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento dentro de los dos siguientes plazos improrrogables: del 13 al 30 de noviembre de 2020 y del 1 de junio al 2 de julio de 2021.
La persona solicitante deberá aportar:
–Instancia específica de solicitud.
–Fotocopia del documento de identidad.
–Certificado de la entidad organizadora del curso en el que se detallarán las condiciones del mismo: fechas de duración, nivel/es, número de horas y precio total.
–Certificado de la entidad organizadora del curso en el que se detalle la asistencia al curso.
–Justificante del pago de la matrícula.
–Documentación justificadora del número de cuenta bancaria en la que se desea se ingrese la subvención.
–Declaración de la Renta del último año fiscal de la totalidad Unidad Convivencial.
Todos los documentos serán originales o compulsados por el Ayuntamiento.
En el caso de los cursos no finalizados, para los que se haya presentado solicitud en el plazo de noviembre, en el segundo plazo, comprendido entre 1 de junio al 2 de julio de 2021, tendrán que presentar, acompañado de instancia simple, la justificación sobre los cursos realizados y la Declaración de la Renta de la Unidad Convivencial del ejercicio 2020.
3. Cuantía.
La cuantía de las ayudas se establecerá en función de dos factores: la renta y la asistencia a los cursos.
Como norma general, el cálculo de la cuantía de la subvención se hará siguiendo el procedimiento marcado en la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Berrioplano. Según ello se tomará como base la declaración de la última renta de la Unidad Convivencial realizada en el plazo correspondiente al periodo referido a los cursos para los cuales se pide subvención.
En base a lo anterior, la convocatoria establece cinco tramos en función de la Renta, según los cuales se marca el porcentaje del coste de los cursos que será becado.
Las ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda de otras entidades, siempre y cuando no exista sobre-financiación.

Berrioplano, 22 de octubre de 2020.–El Alcalde-Presidente, Raúl Julio Bator Pérez.

Dudas habituales

Declaración de la Renta:
– La Declaración de la Renta debe presentarse en su totalidad (no sólo primera página).
– Hay que presentar la Declaración de la Renta de todas las personas adultas residentes en el domicilio (esas componen la denominada Unidad de Convivencia).

Certificaciones del centro:
– Hay que presentar certificados oficiales del centro. En el caso de la Escuela de Idiomas de Pamplona, existe la posibilidad de descargarse todos los documentos de internet, pero en este caso, es imprescindible solicitar en la Escuela de Idiomas que sellen dichos documentos.
– Si en el certificado elaborado en el centro aparece el coste del curso no es necesario aportar más documentación sobre el pago (documento de la entidad bancaria).

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