Nota aclaratoria sobre bonificaciones de la cuota del impuesto de contribución territorial
Destacados en portada
Se han recibido varios escritos en los que vecinos y vecinas del municipio, exponen que, tras la modificación de la Ley Foral de Haciendas Locales por la Ley Foral 22/2020, se posibilita que las entidades locales puedan bonificar hasta el 90% de la cuota del impuesto de contribución territorial cuando se trate de la vivienda de familias numerosas, monoparentales o en situación de monoparentalidad, y solicitan que el Ayuntamiento de Berrioplano lo aplique en su correspondiente ordenanza.
Se informa a la población en general que, si bien es cierto que la nueva redacción del artículo 140 de la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra permite tal posibilidad, la misma está condicionada a que no haya transcurrido un plazo máximo de cinco años desde la aprobación o última revisión de la Ponencia de Valoración total del municipio. En el caso de Berrioplano, la última Ponencia de Valoración data de 2013, por lo que no cabe aplicar la bonificación.
De cualquier manera, en estos momentos se está procediendo a actualizar la Ponencia, por lo que, una vez que se apruebe la misma, podrá contemplarse la bonificación propuesta en la correspondiente Ordenanza Fiscal si la Corporación municipal así lo acuerda.